OFRECER DESCARGAS DIRECTAS DE ARCHIVOS PIRATAS ES UN CRIMEN Ahora bien, hay internautas descarados que tratan de apropiarse de archivos que no les pertenecen y los ofrecen a través de descargas directas desde sus páginas web. Esto en España es delito penado con cárcel. Hace dos días, un juzgado español condenó a un muchacho de veintidós años a medio año de cárcel y al pago de casi cinco mil euros por lucrarse con descargas desde Internet, que se realizaban a través de su sitio web que contenía enlaces, que al sólo pincharlos, cualquiera podía bajar copias piratas de juegos de video y películas [ref. 2]. Esta es la primera vez que en España se lleva a las mazmorras a alguien por esta clase de crimen. Además, se comprobó que el criminal obtenía ganancias mediante publicidad que exhibía en su página web, así como a través de mensajes SMS Premium de celular.
Yo no tengo dudas de que lucrarse con el trabajo ajeno sin el debido permiso debería ser un delito no sólo en España, sino que también en todos los países del mundo. La piratería en todas sus formas es otra clase de robo, y la frase “si está en internet es de todos” que he leído en muchos blogs de este tipo es sólo una muestra del espíritu oportunista y criminal que muchas personas desarrollan en campos – como el ciberespacio – donde las leyes no están muy bien definidas y todavía hay muchas áreas grises.
España es uno de los países de habla hispana más avanzados en términos de regulación del ciberespacio, y en su legislación ya cuentan con precedentes importantes sobre casos de delitos contra los derechos de autor a través del Internet. Por ejemplo, en Septiembre del 2008, la Audiencia Provincial de Madrid concluyó de manera inapelable que enlazar contenidos a través de las redes P2P (peer to peer) como e-Mule, Kazaa, entre otras, es totalmente legal [ref. 1]. El argumento que rige esta decisión expresa que estas páginas web se centran en “facilitar enlaces,” pero sin alojar archivos ni realizar descargas directas, y solamente proporcionan las direcciones de otras páginas donde sí se pueden descargar los archivos. Algunos detractores de esta ley argumentaron que estas páginas con tecnología P2P hacían “comunicación pública” de las obras protegidas por derechos de autor. Sin embargo, según las autoridades españolas, estas páginas no realizan la divulgación de la información, sino que sólo proporcionan las direcciones web de otras páginas que sí lo hacen.
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